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El reglamento permite que los artistas propongan en su expediente de candidatura proyectos artísticos, es decir, obras que aún no han sido realizadas físicamente, siempre que estas obras entren en las categorías aceptadas.

En este caso, debe proporcionar en su expediente una o varias fotos del proyecto artístico (por ejemplo, bocetos) en lugar de las fotos de la obra realizada. En la descripción de la obra, deberá precisar que la obra propuesta es actualmente un proyecto aún no realizado.

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